El académico José Luis de la Cuesta, catedrático de Derecho Penal en la Facultad de Derecho de la Universidad Pública del País Vasco UPV/EHU y director del Instituto Vasco de Criminología ha ingesado recientemente en la Real Sociedad Bascongada de Amigos del País RSBAP.
En su discurso de investidura del 8 de febrero defendió el respeto a la dignidad humana y destacó la «incompatibilidad» de la pena de muerte con un entendimiento adecuado del principio de humanidad. De la Cuesta pronunció la lección de ingreso en la Real Sociedad Bascongada de Amigos del País.
El acto se desarrolló en el Salón del Trono de la Diputación de Gipuzkoa, bajo la presidencia del diputado general, Markel Olano.
De la Cuesta, que disertó sobre 'Actualidad del discurso penal ilustrado: el principio de humanidad', agradeció «el gran honor que se me hace al invitarme a ingresar en esta institución más que bicentenaria. Lo agradezco muy sentidamente por lo que significa de reconocimiento hacia lo hecho, que en modo alguno es fruto principal de mi labor, cuanto resultado del trabajo y esfuerzo de los excelentes equipos en los que he tenido y tengo la suerte de participar»», señaló.
El catedrático profundizó durante su intervención el ideario de los derechos humanos. El nuevo miembro de la RSBAP citó a uno de los autores que más han influido en su formación. «Como recordara repetidamente mi maestro Antonio Beristain, en un Estado social y democrático de derecho no es admisible que las relaciones humanas, personales y sociales que surgen de la justicia en general y de la justicia penal en particular ignoren la dignidad de la persona y su consiguiente derecho al pleno desarrollo de la personalidad», dijo.
La tortura así como el trato inhumano fueron analizados por De la Cuesta antes de adentrarse en la pena de muerte, vigente aún en 58 países. entre ellos Arabia Saudí, China, Estados Unidos, Irán y Pakistán, que concentran el 88% de las ejecuciones. «La incompatibilidad de la pena de muerte con un entendimiento adecuado del principio de humanidad, centrado en el respeto a la persona humana como tal, debería quedar ya fuera de toda cuestión. Merece, por ello, subrayarse el ejemplo de los Estatutos de los Tribunales Internacionales para la Antigua Yugoslavia y para Ruanda, así como del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional: todos ellos, competentes para el enjuiciamiento de los crímenes internacionales más graves y que suscitan la mayor repulsa, han renunciado a la inclusión de la pena de muerte en el elenco de penas previstas», indicó.
Analizó también la cadena perpetua que, según precisó, sustituye con habitualidad a la pena de muerte una vez que ésta queda abolida. Recordó que los especialistas consideran que todo internamiento de duración superior a 15-20 años puede causar daños irreversibles en la personalidad del preso, por lo que la pena privativa de libertad no debería superar dicho límite. «Obviamente esto obliga a replantear el tratamiento de los delincuentes peligrosos, que, al término de su condena, sigan presentando un riesgo relevante de comisión de graves hechos delictivos. En este orden de cosas, la introducción de la libertad vigilada, como medida de seguridad, aplicable a los sujetos cuya peligrosidad criminal subsista una vez cumplida la pena privativa de libertad - muy en particular, si se trata de delincuentes sexuales y de terrorismo-, parece sin duda una solución mucho más razonable que la continuación del internamiento con carácter indefinido», manifestó.
agencias
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